Comienza a funcionar formalmente el sistema de Cobro con Transferencia (CCT), un mecanismo dispuesto por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) que permite a bancos y proveedores no financieros de crédito debitar de manera automática las cuotas de los préstamos desde una cuenta autorizada por el usuario.
Se confirma que la herramienta, cuya creación se aprobó en marzo, tuvo como fecha límite de adaptación técnica el 31 de agosto. Su puesta en marcha busca reemplazar al DEBIN en este tipo de transacciones y brindar mayor control y seguridad sobre el consentimiento expreso del cliente.
Cómo funciona el mecanismo de cobro
Para la activación del débito, el titular de la cuenta debe otorgar una autorización previa y por única vez. A partir de esa validez, la entidad otorgante queda habilitada para descontar el monto asignado en la fecha correspondiente.
Requisitos del crédito: El esquema aplica de manera exclusiva a préstamos con cuotas fijas e iguales durante la vigencia del contrato.
Tope de afectación: La relación entre el valor de la cuota y los ingresos declarados por el solicitante al momento de la concesión no puede exceder el 30%.
Reintentos limitados: Ante la falta de fondos en la fecha de vencimiento, la normativa autoriza hasta dos intentos adicionales de cobro, programados a las 48 y 96 horas del primer intento.
Restricción de cuenta: El débito solo puede ejecutarse sobre la misma cuenta bancaria o virtual en la que originalmente se desembolsó el dinero del préstamo.
Notificación previa y cancelación del consentimiento
Las entidades operadoras tienen la obligación de enviar un aviso previo por vías electrónicas el día hábil anterior a la fecha de cobro programada.
En caso de que el usuario decida suspender el débito automático, cuenta con la facultad de revocar la autorización de manera inmediata. La baja puede tramitarse tanto ante la entidad prestamista como directamente en la institución financiera donde está radicada la cuenta sueldo o de depósito.
En materias de seguridad, la reglamentación establece que ante eventuales situaciones de fraude la responsabilidad recae de forma directa sobre la entidad acreedora.
Proyecciones sobre el nivel de adopción en el mercado
Pese a estar plenamente operativo, actores del sistema financiero estiman un alcance acotado en la etapa inicial. La exigencia de efectuar el cobro en la misma cuenta del desembolso original reduce el incentivo de los bancos para financiar a clientes cuyas cuentas principales operan en entidades competidoras.
A su vez, se proyectan limitaciones operativas en saldos depositados en billeteras virtuales (CVU), donde los usuarios suelen colocar sus fondos en instrumentos de inversión de liquidación diaria.
En contraste, el CCT se perfila como una solución de utilidad para compañías financieras y proveedores no financieros que conceden créditos transferidos a cuentas bancarias, permitiéndoles automatizar la cobranza mensual. El costo del servicio prevé un arancel mínimo del 0,6% asumido por el prestamista.





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