Manejar y hablar por celular ya tiene una multa de 48 mil pesos
Con la nueva actualización de la Unidad Fija (UF) en 639 pesos, las multas por infracciones al tránsito que estipula el Código de Convivencia se volvieron a ir por las nubes. Así, manejar hablando por celular o andar en moto sin casco tiene una sanción de al menos unos 48 mil pesos, invadir carriles exclusivos o pisar la senda peatonal con el vehículo un piso de unos 19.200 pesos y cruzar un semáforo en rojo o no respetar el cartel de “Pare” desde los 96 mil pesos. Y manejar bajo los efectos del alcohol desde los 16 mil a los 480 mil. El aumento de los combustibles ha sido tan abrupto que la tabla de equivalencia con las contravenciones también impactará duro en los bolsillos de los infractores.
Tres retoques a los precios en forma escalonada y sin respiro en el último mes. En el final de la gestión de Alberto Fernández un 30 por ciento y en la era Milei un comienzo con otro 27 por ciento. El año pasado, los combustibles remarcaron todos los meses, salvo con la primavera en septiembre. De unos 150 pesos a comienzos de 2023, para cerrar por arriba de los 550 pesos. Y con los últimos aumentos el sacudón supera holgadamente el 100 por ciento. Algunas estimaciones afirman que traspasó el 200 por ciento.
Lo cierto es que desde el primer mes del 2024, se actualizaron los valores de la UF. “El equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor: 1 UF igual a 639 pesos”, indica la página oficial del gobierno provincial.
Así, se pasó de 372 a 639 en pocas semanas, lo que reordenó casi por completo el esquema al Código de Convivencia.
De acuerdo al artículo 287 del Código mencionado, se sanciona con multas de 30 a 200 UF ($19.170 a $127.800) quienes invadan con su coche carriles de circulación exclusiva, no respeten la línea de frenado o senda peatonal. También con montos de 48 mil a 240 mil pesos (75 a 375 UF) aquellos que giren a la derecha en vías con carril exclusivo para la circulación del servicio de transporte de pasajeros; circulen en moto sin tener colocado casco protector reglamentario o colocado antirreglamentariamente. La misma pena para quienes manejen manipulando celulares, circulen con cinturón de seguridad desabrochado.
Con montos de 48 mil a 240 mil pesos (75 a 375 UF) (48 mil a 240 mil) para quienes manejen sin licencia habilitante o se encuentren inhabilitados para la conducción; por llevar más de una persona acompañante o menor de diez años en motos de cilindrada mayores de 60 centímetros cúbicos. De 96 mil a 1.216.000 pesos (150 a 1900 UF) a quenes crucen barreras ferroviarias estando bajas. También para quienes crucen con luz roja encendida o desobedecer señales de semáforos. No detenerse ante cartel de “Pare” o “Ceda el paso”.
Y atención para quienes circulan con una velocidad comprobada por el sistema de control por videovigilancia por encima del 10 por ciento de velocidad permitida: el monto de la multa a aplicar no será inferior a 175 UF (112 mil pesos). Cuando la velocidad de circulación comprobada supere hasta un 50 por ciento la velocidad permitida, el monto de la multa a aplicar no será inferior a 200 UF (128 mil pesos).
Quienes sean detectados corriendo picadas o evadir un control de tránsito en la calle la multa irá de 500 a 3800 UF (320 mil a 2.242.000 pesos).